Iniciar tu Reclamo Laboral

Cómo Iniciar tu Reclamo Laboral en Uruguay

En este capítulo te explicamos cómo iniciar un reclamo laboral y qué pasos debés seguir para hacer valer tus derechos. Vas a conocer cuándo consultar a un abogado laboral, cómo reunir las pruebas y qué alternativas tenés antes de ir a juicio.

Si querés ampliar la información, podés volver al índice o consultarnos para iniciar tu reclamo laboral.


1. El Plazo para Reclamar: La Prescripción de 1 Año

Si te despidieron, te deben horas extra, licencias o aguinaldo, no esperes. En materia laboral, el tiempo corre en tu contra. La mayoría de los reclamos laborales prescriben al año de haber finalizado la relación laboral (Ley N.º 18.091). Esto significa que si no actuás dentro de ese plazo, perdés el derecho a iniciar acciones legales.

El año comienza a contarse desde el día siguiente al cese (despido o renuncia).

¿Cómo se interrumpe el plazo?

La prescripción se interrumpe, por única vez, con la solicitud de audiencia de conciliación ante el MTSS (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social). Presentar este reclamo detiene el reloj y te da un nuevo plazo de un año para continuar con las acciones.

Una simple consulta con un abogado no interrumpe el plazo; es necesario presentar el reclamo formal en el MTSS.


2. Preparando su Caso: Datos y Pruebas Clave

Para calcular con precisión lo que te corresponde y preparar un reclamo sólido, necesitamos ciertos datos básicos. Cuanto más ordenada esté la información, más rápido podremos actuar.

  • Datos Básicos: Tu nombre, C.I., fecha real de ingreso y fecha de egreso (último día trabajado).
  • Datos del Vínculo: Tareas reales que hacías (tu categoría), horario habitual, forma de pago (mensual, jornal, "en negro", etc.) y motivo del cese (despido, renuncia, etc.).

¿Qué Pruebas Tienen Más Peso?

En un juicio laboral importa la "primacía de la realidad" (lo que pasaba en los hechos). Aunque no tengas recibos, podés reclamar igual. Las pruebas más fuertes son:

  • Documentos: Recibos de sueldo (aunque estén mal), tu Historia Laboral del BPS (se descarga online) y contrato de trabajo (si existe).
  • Prueba Electrónica: Capturas de chats (WhatsApp, etc.) o correos donde recibas órdenes, se hable de pagos o se fijen horarios.
  • Testigos: Compañeros, excompañeros, clientes o proveedores que puedan confirmar tu horario, tareas o las condiciones de trabajo.
  • Certificados: Médicos (si el reclamo es por enfermedad o accidente), o constancias del BSE/BPS.

3. El Cálculo: Multas, Intereses y Reajustes

Cuando un empleador paga mal o no paga, la deuda crece. Tu reclamo no es solo por el capital (ej: el despido), sino también por accesorios legales que aumentan el monto final.

Al revisar tu liquidación, no solo vemos los rubros evidentes (despido, licencia, aguinaldo), sino también:

  • Multa del 10% (Ley 18.572): Si el empleador no te pagó la liquidación final dentro de los 10 días hábiles desde el cese, debe abonar esta multa sobre el total.
  • Reajuste por IPC (Decreto-Ley 14.500): Toda la deuda se actualiza por la inflación (IPC) desde la fecha en que se generó hasta el pago efectivo.
  • Intereses Legales: A la deuda ya reajustada se le suman intereses por el atraso.

4. Etapa 1: La Audiencia de Conciliación en el MTSS

Antes de iniciar un juicio, la ley exige una audiencia de conciliación en el Ministerio de Trabajo (Ley 18.572). Este es el primer paso formal y es obligatorio.

Nosotros presentamos el escrito con el cálculo de tu reclamo y el MTSS cita a la empresa a una audiencia. En esa instancia, pueden pasar tres cosas:

  1. Hay Acuerdo: Si la empresa ofrece un pago y estás de acuerdo, se firma un acta que tiene el mismo valor que una sentencia judicial (es un "título ejecutivo"). Si no cumple, se puede ejecutar judicialmente.
  2. No hay Acuerdo: Si la empresa niega la deuda u ofrece un monto insuficiente, se deja constancia en el acta y quedás habilitado para iniciar el juicio laboral.
  3. La Empresa No se Presenta: Se deja constancia de su ausencia ("incomparecencia") y también quedás habilitado para iniciar el juicio.

Vos no necesitás hablar ni enfrentarte al empleador en la audiencia. Nuestro equipo se encarga de la negociación técnica.


5. Etapa 2: El Juicio Laboral (Si no hay Acuerdo)

Si la conciliación en el MTSS fracasa, el siguiente paso es presentar la demanda judicial. En esta etapa, contamos con varias garantías a favor del trabajador:

  • Primacía de la Realidad: El juez le da más importancia a lo que realmente ocurrió que a lo que dicen los papeles (si estos no reflejan la verdad).
  • Carga Probatoria Flexible: Es obligación del empleador llevar los registros (planillas de horario, recibos). Si no los tiene, el juez puede presumir que tu versión de los hechos es cierta.
  • Dejamos el camino abierto para ir a juicio.
  • Proceso Ágil: El juicio laboral uruguayo es rápido y se resuelve en audiencias orales.

En Estudio Vázquez y Asociados lo Representamos

Nos encargamos de todo el proceso para que recuperes lo que es tuyo.

  • Analizamos tu caso sin costo y evaluamos tus chances reales.
  • Interrumpimos la prescripción presentando el reclamo formal en el MTSS.
  • Calculamos tu liquidación real, incluyendo multas, intereses y reajustes.
  • Organizamos las pruebas (chats, testigos, documentos) para armar un caso sólido.
  • Te representamos en la audiencia de conciliación y en todas las instancias del juicio laboral.

No dejes pasar el tiempo. Consultanos y reclamá tus derechos.

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