Obligaciones del Empleador

Obligaciones del Empleador en Uruguay

En este capítulo te contamos cuáles son las principales obligaciones que la ley impone al empleador. Vas a entender qué debe cumplir la empresa y qué hacer si incumple sus deberes, te trata mal o desconoce tus derechos laborales.

Si querés ampliar la información, podés volver al índice o consultarnos para iniciar tu reclamo laboral.


1. Obligaciones Contractuales y Salariales

En toda relación laboral, el empleador asume deberes legales que no pueden ser "renunciados" por el trabajador. Si no se cumplen, podés reclamar diferencias salariales, regularización o incluso la indemnización completa por despido indirecto.

Las principales obligaciones son:

  • Pago en Fecha y Forma: El salario debe abonarse íntegro a mes vencido, entregando recibos de sueldo detallados (salario nominal, descuentos y líquido a cobrar).
  • Aportes a BPS y BSE: El empleador debe registrarte y realizar los aportes a BPS (jubilación, enfermedad) y BSE (accidentes laborales) desde el primer día. Pagar "en mano" sin recibo o con aportes menores a lo real es un incumplimiento grave.
  • Respetar la Jornada Legal: El límite legal es de 8 horas diarias (44 o 48 semanales, según el sector). Las horas extras deben figurar en el recibo y pagarse con un recargo del 100%.
  • Asignar la Categoría Correcta: Tu categoría debe corresponderse con las tareas que realmente hacés. Si te registran como "auxiliar" pero actuás como "encargado", tenés derecho a reclamar la diferencia salarial, lo cual impacta en aguinaldo, licencia y despido.
  • Respetar las Condiciones Pactadas: El empleador no puede cambiar tus horarios, lugar de trabajo o tareas de forma arbitraria y perjudicial sin tu consentimiento o una compensación adecuada.

2. Obligación de un Ambiente Laboral Digno (Acoso y Maltrato)

La empresa no solo debe pagarte; está legalmente obligada a garantizar un ambiente de trabajo digno, protegiendo tu integridad física, psíquica y tu dignidad personal. Cuando el trato desborda lo razonable y se repite, puede configurar acoso o violencia laboral.

Señales de Acoso o Violencia Laboral

No hace falta que haya gritos o agresión física. El hostigamiento puede ser sutil y sistemático:

  • Trato despectivo, humillaciones o burlas (en público o en privado).
  • Gritos, amenazas o presiones indebidas para cumplir metas imposibles.
  • Cambios de tareas u horarios utilizados como castigo.
  • Aislamiento, exclusión sistemática o "vacío" laboral.
  • Exposición deliberada a condiciones de trabajo inseguras.

Estas situaciones no deben naturalizarse. Si podés probarlo (con mensajes, audios, correos o testigos), podés tener base para reclamar una indemnización por despido indirecto y una compensación por daño moral.

3. Protección ante Accidentes y Enfermedades

El empleador tiene la obligación de proteger tu salud. La ley diferencia entre enfermedades o accidentes ocurridos por el trabajo y los de causa común.

Accidentes o Enfermedades Laborales (BSE)

Se considera accidente laboral toda lesión ocurrida mientras trabajás, o una enfermedad causada por el esfuerzo o las condiciones del trabajo (Ley 16.074). Si esto ocurre, tenés derecho a:

  • Atención médica integral y gratuita en el Banco de Seguros del Estado (BSE), aunque no estés registrado.
  • Subsidio por incapacidad temporaria (cobrás 2/3 de tu salario).
  • Indemnización o renta si te quedan secuelas permanentes.
  • Estabilidad laboral: No pueden despedirte por 180 días luego del alta, salvo causa grave.

Si el accidente ocurrió por culpa grave de la empresa (falta de medidas de seguridad, máquinas sin protección), podés reclamar una indemnización adicional.

Enfermedad Común (BPS y Despido Especial)

Si te enfermás por una causa ajena al trabajo (gripe, cirugía, etc.) y estás certificado por tu mutualista, la ley te protege (Decreto Ley 14.407):

  • Cobrás el subsidio por enfermedad del BPS (70% de tu salario) desde el 4to día.
  • Mientras estés certificado correctamente, el empleador no puede despedirte.
  • Al darte el alta, debe reintegrarte a tu puesto habitual.
  • Si te despide sin causa grave dentro de los 30 días siguientes a tu reintegro, debe pagarte una indemnización por despido especial (el doble de la común).

4. ¿Qué Hacer si el Empleador Incumple?

Si detectás pagos atrasados, horas extras impagas, falta de aportes o maltrato, es clave actuar con estrategia para no perder tus derechos. Ciertos errores pueden debilitar tu reclamo.

1. Reunir Pruebas Claras

Tu palabra sola no alcanza. La prueba es la base de todo reclamo laboral. Guardá todo:

  • Chats, correos o mensajes donde te den órdenes, hablen de pagos o fijen horarios.
  • Recibos parciales, transferencias bancarias.
  • Tu Historia Laboral del BPS (podés descargarla online).
  • Nombres de testigos (compañeros o excompañeros).

2. No Firmar Nada sin Asesoramiento

Nunca firmes liquidaciones, cartas de renuncia o acuerdos "rápidos" sin consultar a un abogado. Un finiquito mal firmado puede incluir una renuncia encubierta a rubros que te corresponden (horas extras, despido, etc.).

3. No Renunciar: Evaluar el Despido Indirecto

Renunciar por frustración es, a menudo, un error que te hace perder la indemnización por despido. Si el empleador comete un incumplimiento grave (no paga el salario, no realiza aportes, te maltrata), la ley te permite usar la figura del despido indirecto: te considerás despedido por culpa de la empresa y podés reclamar la indemnización completa.

4. Actuar Dentro de los Plazos

En la mayoría de los casos, el plazo para reclamar créditos laborales es de un año desde que se generó la deuda o finalizó el vínculo. No dejes pasar el tiempo.


5. Responsabilidad en Tercerización: ¿Quién es tu Empleador Real?

Es común en rubros como limpieza, seguridad, logística o construcción que te pague una empresa (la "tercerizada"), pero trabajes todos los días en otra (la "empresa principal"), usando su uniforme y recibiendo órdenes de sus jefes.

En derecho laboral, lo que importa no es el papel, sino quién ejerce el poder de dirección. Si la empresa principal se benefició de tu trabajo y actuó como empleadora, también es responsable.

¿Cuándo Responde la Empresa Principal?

La empresa principal puede ser condenada a pagarte si se comprueba que:

  • Trabajabas en sus instalaciones de forma estable.
  • Usabas su uniforme, herramientas, correo o maquinaria.
  • Recibías órdenes directas de sus supervisores o encargados.
  • La tarea que hacías era parte de la actividad habitual de esa empresa.

En estos casos, se aplica la responsabilidad solidaria: ambas empresas (la tercerizada y la principal) son responsables por la totalidad de la deuda (sueldos, aportes, despido). Podés reclamar contra la que tenga solvencia para pagar.


En Estudio Vázquez y Asociados lo Asesoramos

Nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay analiza tu caso para defender tus derechos ante cualquier incumplimiento.

  • Analizamos tu caso sin costo: Evaluamos tu situación, las pruebas que tenés y la viabilidad de un reclamo.
  • Calculamos tu reclamo: Proyectamos todos los rubros que te corresponden (diferencias salariales, horas extras, despido, multas).
  • Te representamos: Iniciamos el reclamo en el Ministerio de Trabajo (MTSS) y te representamos en un juicio laboral si es necesario.

Consulte con nuestros abogados laborales. Si tu empleador incumple, tenés derecho a reclamar.

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